¡Uruguay revoluciona Bitcoin pero deja a todos rascándose la cabeza con una regla misteriosa!

¡Uruguay revoluciona Bitcoin pero deja a todos rascándose la cabeza con una regla misteriosa!

¡Qué onda! Resulta que el Banco Central de Uruguay acaba de sacar unas reglas nuevas para controlar a los que se dedican a los activos virtuales, esos que todos conocemos como criptomonedas y cosas así. La idea es ponerle formalidad al asunto, pero según el Dr. Juan Diana Romero, que sabe un buen de derecho financiero, hay unas definiciones medio confusas que pueden hacer que nadie sepa bien qué pedo.

Este proyecto salió el 21 de agosto y viene gracias a una ley que se aprobó en septiembre de 2024. Básicamente, busca que todos los negocios que manejen activos virtuales estén bajo la mira de la Superintendencia de Servicios Financieros. Ahora, el rollo está en cómo definen “activo virtual financiero” y “activo virtual no financiero”. La definición del primero es una cosa digital que representa valor o derechos, que se puede vender online y tiene que cumplir con ciertas reglas sobre riesgos y propiedad, pero para el Doctor Diana, esta definición está bien vaga y complicada.

Además, ya aclararon que ciertos instrumentos, como algunas criptomonedas y el dinero electrónico, quedan fuera de esta categoría porque tienen reglas aparte. Según Diana, esto abre la puerta para que el Banco Central haga más reglas específicas para ellos más adelante.

Ahora, sobre quiénes aplican estas reglas: solo los que se dedican de manera formal y profesional a comprar y vender estos activos, no los que nomás los mueven o los guardan sin hacer compraventa. El chiste es que hay dos tipos de proveedores: los PSAV financieros (que trabajan con activos financieros virtuales) y los PSAV no financieros.

Para los primeros, la carga es pesada: necesitan permiso del Banco Central, un buen colchón de dinero para garantizarle al banco, auditorías externas y cumplir con políticas anti lavado de dinero bien estrictas. Los que son no financieros tienen reglas menos rudas, pero igual tienen que registrarse y demostrar que están bien organizados y prevenidos contra lavado de dinero.

Y tranquis, porque las empresas activas tienen hasta el 30 de junio de 2026 para ponerse al tiro y adaptarse a estas reglas; mientras tanto, pueden seguir funcionando.

Por otro lado, el Doctor Diana piensa que estas reglas aún no casan del todo con lo que pide el Grupo de Acción Financiera Internacional, que es como la banda que pone las normas para evitar que se use la lana de manera turbia. Creen que pronto van a tener que ajustar la ley para quedar al cien con esas reglas globales.

Ignacio Varese, que está metido en todo este rollo del blockchain y las criptos, dice que distinguir entre activos financieros y no financieros está chido porque permite reglas justas según el riesgo de cada uno, sin aventar broncas innecesarias. Por ejemplo, las stablecoins (esas monedas digitales que tienen valor estable) entran como activos financieros, mientras que el famoso bitcoin es no financiero.

Aunque, según Diana, esa diferencia que el Banco Central sacó al público no está muy clara y puede traer problemas porque algunos podrían aprovechar para hacer sus mañas. Por eso, cree que podría tocar mover la ley para que todos los proveedores estén bajo las mismas reglas y no se haga el vivo nadie.

Así que, amigos, la cosa se está poniendo seria y hay que ver bien cómo se mueve este mundo virtual porque las reglas están cambiando y van a traer cambios para todos los que quieren entrarle a las criptos en Uruguay.

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